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» SERVICIOS ESPECIALES PARA AFILIADOS DE ESCASOS RECURSOS
ARTÍCULO 22 º.-

1.- Descuentos por Planilla:
La Caja de Servicios Sociales, ha implementado el descuento por planilla de haberes o compromiso de pago en cuotas, para el cobro de órdenes, coseguros de prácticas y otros gastos originados en prestaciones asistenciales, el que se efectuará cuando el afiliado no cuente con los fondos necesarios para afrontar dichos gastos al contado y previa conformidad debidamente instrumentado por parte del mismo, a partir del 10 de cada mes.

2.- Ampliación de Cobertura:
La Intervención podrá ampliar la cobertura, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

• Solicitud del afiliado titular. En caso de imposibilidad, familiar que acredite vínculo con aquel.-
• Informe socio-económico del afiliado titular y su grupo familiar elaborado por Asistente Social de la Caja de Servicios Sociales, acompañado de las
respectivas constancias documentales que acrediten las manifestaciones vertidas por los entrevistados.-
• Informe de la Auditoria Médica.-
• Dictamen de la Asesoría Letrada.-

3.- Asistencia Financiera:
La intervención podrá autorizar el pago de una suma de hasta PESOS:
QUINIENTOS CINCUENTA ($ 550,00) mensuales, en concepto de ayuda financiera en los casos en que se presente una situación de vulnerabilidad social del afiliado constatada mediante informe socio económico ambiental y previo cumplimiento de los requisitos detallados ut supra en el Apartado 2.


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